Preguntas frecuentes
Todo lo que sueles preguntarte antes de legalizar
Si tu vivienda no está conectada a la red de alcantarillado y el agua depurada por tu depuradora va a un cauce, al terreno o al subsuelo, sí: hay vertido al dominio público hidráulico y necesitas autorización de la Confederación. Si en su lugar tienes un depósito estanco con retirada por un gestor de residuos autorizado, al no haber vertido normalmente no hace falta esa autorización. Comprueba tu caso y te lo decimos en minutos.
Para una vivienda unifamiliar por procedimiento simplificado, la legalización Exprés arranca en 290 € + IVA. Para colectivos, actividades o industria el precio se cierra según el caso. En todos los casos el precio es cerrado antes de empezar; las tasas y el canon de control de vertidos los abona el cliente y no se incluyen.
Un vertido sin autorización puede acarrear sanción, y el canon de control de vertidos de un vertido no autorizado se liquida bastante más caro que el de uno en regla. Las inspecciones del SEPRONA y de las Confederaciones en zonas sin alcantarillado son cada vez más frecuentes. Legalizarlo suele ser más barato y rápido de lo que la gente cree.
En las cuencas del Segura (CHS) y del Júcar (CHJ): Murcia, Alicante, Valencia, Albacete y provincias limítrofes de ambas demarcaciones. Conocemos los formularios y criterios de cada Confederación.
Garantizamos la entrega del expediente completo en el plazo que te indicamos al cerrar el presupuesto. El tiempo de resolución posterior depende de la Administración y queda fuera de nuestro control.
La fosa séptica es un sistema antiguo de decantación que, por sí solo, hoy suele quedarse corto para cumplir. Para estar en regla hay dos vías. Una es la depuradora prefabricada de oxidación total: un tratamiento físico, químico y biológico que depura el agua y la vierte al terreno o a un cauce; como genera vertido al dominio público hidráulico, necesita autorización de la Confederación. La otra es el depósito estanco con gestor de residuos: almacena el agua y la retira periódicamente un gestor autorizado hasta una EDAR, sin verter, por lo que normalmente no requiere autorización. El asistente detecta cuál es tu caso.
Son importes que cobra la Administración, independientes de nuestros honorarios y por cuenta del cliente. El canon de control de vertidos es una tasa anual que la Confederación aplica por el vertido autorizado al dominio público hidráulico. No los incluimos en el precio porque los fija y cobra la Administración.
No. El asistente recoge los datos de tu caso y te orienta sobre qué trámite necesitas y cuánto cuesta, como una forma cómoda de empezar. La responsabilidad técnica del proyecto la asume siempre el técnico colegiado que lo firma.
Comprueba tu caso gratis, en dos minutos
Respondes unas preguntas y te decimos si necesitas autorización, cuál y cuánto cuesta. Sin compromiso y sin llamadas.
Las tasas y el canon de control de vertidos no se incluyen.